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title: "Un hombre deberá indemnizar a su hijo no biológico por ocultar su verdadera identidad"
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description: "El propio hijo investigó y denunció al hombre. La justicia comprobó que no era su padre biológico y deberá pagarle $800.000."
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  - "justicia"
category_name: "Sociedad"
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category_description: "Noticias del ámbito social en el plano local, nacional e internacional. Acontecimientos o acciones que suceden en Córdoba, Argentina y el Mundo."
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# Un hombre deberá indemnizar a su hijo no biológico por ocultar su verdadera identidad

![tribunal superior de justicia](/download/multimedia.normal.bebfbd8952c3167e.74726962756e616c207375706572696f72206465206a757374696369615f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)

*Deberá pagarle pagarle $800.000 al joven en concepto por daño moral.*

La Justicia de Córdoba ordenó que un hombre pague una indemnización de $800.000 a su hijo no biológico por ocultarle su verdadera identidad. De acuerdo al expediente, **el demandado se puso en pareja con la madre del chico poco después de que éste naciera, y años después lo anotó en el registro como su hijo propio nacido en Mendoza**. Ambos datos eran falsos, puesto que el niño no era hijo suyo y había nacido en Córdoba. *“El tribunal consideró que el ocultamiento y la supresión de la identidad del demandante generaron un profundo menoscabo en su persona”*, expresó el Poder Judicial.

## **El mismo hijo sospechó e investigó**

La demanda la inició el hijo que, cuando cumplió su mayoría de edad, comenzó a indagar sobre su identidad. Los rumores que circulaban en su familia lo hicieron sospechar, y al investigar sobre sus orígenes logró tomar contacto con su familia paterna. La familia estaba radicada en la ciudad de Córdoba. Inmediatamente, conoció a su padre biológico e hizo la denuncia. **La prueba pericial de ADN determinó la identidad del padre biológico del demandante** y la investigación además descubrió que los datos sobre su identidad habían sido modificados ya que se logró que fuera conocido por otro segundo nombre, otro apellido y otro número de DNI.

¿Es obligatorio presentar el DNI para pagar con tarjeta?

## **Indemnización**

La Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de 6° Nominación de la ciudad cordobesa detalló que *“si bien el actor demandó cuando ya era mayor de edad, la supresión de su identidad se produjo cuando era adolescente”*. El hombre inició los trámites judiciales para modificar la identidad del chico cuando éste cumplió los 14 años. El menor fue inscripto como hijo del demandado y que había nacido en Mendoza. *“La identidad constituye un bien jurídico que debe ser protegido, **un derecho humano fundamental y fundacional de la estructura psíquica de las personas**”*, argumentó la justicia, y estableció que el demandado tendrá que pagarle por daño moral.

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