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title: "La ANMAT prohibió cremas corporales que se vendían online"
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description: "El organismo de control advirtió que se trata de cosméticos “ilegítimos” y que no es posible garantizar su seguridad ni su composición."
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date_published: "2026-06-23T11:00:00-03:00"
date_modified: "2026-06-23T01:22:02-03:00"
tags:
  - "anmat"
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category_description: "¿Qué pasa en el país? La información precisa de lo que tenés que saber del ámbito nacional. Suscribite a nuestro newsletter y recibí las noticias del día."
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# La ANMAT prohibió cremas corporales que se vendían online

![crema piel](/download/multimedia.normal.ad1df28eb7279f36.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

**La medida fue oficializada a través de una Disposición publicada en el Boletín Oficial.**

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica **(ANMAT) prohibió** el uso, la comercialización y la distribución de una serie de **cremas corporales y productos cosméticos** tras detectar que se vendían sin inscripción sanitaria en el país. La medida fue oficializada mediante la**Disposición 3754/2026**, publicada en el **Boletín Oficial**con la firma del responsable del organismo de control, Luis Eduardo Fontana.

La decisión alcanza a **productos de la marca *“Tan orgánico”***, entre ellos cremas autobronceantes, humectantes, exfoliantes, brumas faciales y mousse, que se comercializaban sin autorización del organismo. Según el texto oficial, los productos se encontraban *“**sin datos de inscripción sanitaria** en su rotulado”*. Además, oficialmente se indicó que, tras las verificaciones, *“no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el rotulado”*, lo que confirma que **no estaban registrados**.

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Las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación remitida desde la provincia de Córdoba y continuaron con controles de la ANMAT, que también detectó su **comercialización por internet**. En ese sentido, se constató *“la oferta de los productos en canales electrónicos”*, lo que motivó la intervención para retirar las publicaciones.

El organismo advirtió que ***“se trata de productos ilegítimo**s”* y remarcó que *“no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación”*, ya que no se conoce el establecimiento responsable de su elaboración ni las condiciones en las que fueron fabricados. En función de estas irregularidades, la ANMAT dispuso la prohibición de todos los productos, hasta tanto se encuentren regularizados.

En paralelo, mediante la**Disposición 3753/2026**, también se **prohibió la utilización de instrumental médico** empleado en procedimientos traumatológicos. En este caso, la medida se adoptó luego de notificarse *“el **extravío de productos médico**s”* pertenecientes a una empresa del sector.

El organismo indicó que las unidades quedaron *“fuera del control del titular del registro”*, por lo que *“se desconoce su estado de conservación, integridad y funcionamiento”*. En ese marco, se advirtió que su *“seguridad, calidad y eficacia podrían verse comprometidas”*, motivo por el cual se tomó la medida de prohibir *“el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional”*.

**Fuente:** Clarín.

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