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title: "AFIP comienza a devolver este mes la percepción del 35% por dólar solidario"
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description: "A partir este mes, el fisco nacional devolverá ese dinero retenido a aquellas personas que no estén sujetas a cualquiera de estos dos impuestos, además de reintegrar la diferencia a aquellas que sí los paguen pero que hayan acumulado un saldo mayor del que corresponde."
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date_published: "2021-01-06T11:00:00-03:00"
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category_name: "Economía"
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category_description: "¿Qué pasa con el empleo, la inflación, el dolar? Noticias de la economía de Córdoba y el país. Suscribite a nuestro newsletter y recibí las noticias del día."
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# AFIP comienza a devolver este mes la percepción del 35% por dólar solidario

![monotributo_afip_crop1577727378154.jpg_258117318](/download/multimedia.normal.9479ce88a7e29ee7.6d6f6e6f7472696275746f5f616669705f63726f7031353737373237333738315f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

En efecto, durante la última semana de diciembre **la AFIP habilitó un servicio web dentro de su página que permite consultar e informar percepciones practicadas** sobre las operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), que son los afectados por la norma establecida a mediados de septiembre que tenía como objetivo frenar las compras de dólar *"solidario"*.

El organismo de recaudación **devolverá ese dinero retenido a aquellas personas que no estén sujetas a cualquiera de estos dos impuestos**, además de reintegrar la diferencia a aquellas que sí los paguen pero que hayan acumulado un saldo mayor del que corresponde

Asimismo, los **monotributistas**, **trabajadores en relación de dependencia** y **jubilados** que realizan compras en moneda extranjera pero que no están alcanzados por Ganancias y Bienes Personales **podrán solicitar el reintegro de la percepción**. Cuando corresponda, el reintegro se realizará directamente en la cuenta bancaria del contribuyente.

**Dólar solidario: cómo obtener la devolución de la percepción**

Aquellas personas que hayan comprado dólares para atesoramiento o hayan hecho consumos con tarjetas en moneda extranjera **desde septiembre del 2020 deberán ingresar a la página de AFIP con clave fiscal nivel 2** y consecuentemente habilitar el servicio *"Mis retenciones"*.

Los contribuyentes que tengan ese nivel de clave, deberán ingresar a su cuenta *–se requiere número de CUIL y clave fiscal-* y seleccionar la alternativa *"Administrador de relaciones de clave fiscal"*.

![](https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2021/01/509852.jpg?6.3.0)

Posteriormente se accederá a una nueva página y se tendrá que elegir la opción *"Nueva relación"* y luego seleccionar en*"Buscar"*.

![](https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2021/01/509853.jpg?6.3.0)

Acto seguido, el contribuyente se encontrará con un listado con el logo de AFIP y la alternativa *"Servicios administrativos"*. De allí surgirá una lista con los servicios que el ente recaudador ofrece y se deberá optar por la opción *"Mis retenciones"* dentro de la cual se debe confirmar que adhiere a la relación.

![](https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2021/01/509854.jpg?6.3.0)

El paso siguiente es llenar unos campos con los datos personales del contribuyente y elegir la retención a consultar. Allí se deberá optar por la percepción del tributo asociado al *"impuesto PAIS"* y luego seleccionar el intervalo de fechas.

![](https://assets.iprofesional.com/assets/jpg/2021/01/509855.jpg?6.3.0)

**Fuente:** Iprofesional.

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