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title: "Funcionarios municipales no deberán ser deudores alimentarios"
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description: "Dentro del plazo de 60 días hábiles administrativos, deberán presentar un certificado a los fines de acreditar que no están incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos."
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  - "martin llaryora"
  - "municipalidad de cordoba"
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# Funcionarios municipales no deberán ser deudores alimentarios

![municipalidad de cordoba](/download/multimedia.normal.836e584ccdcea03e.6d756e69636970616c6964616420646520636f72646f62615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

El decreto fue firmado por el Intendente **Martín Llaryora**. La normativa establece que transcurrido dicho plazo, **se procederá a desvincular a aquellos funcionarios designados** por el Departamento Ejecutivo que se encuentren consignados en el mencionado Registro.

El **Registro de Deudores Alimentarios Morosos** fue creado por ley provincial 8892 y el Municipio Capital adhirió a la medida a través de la **Ordenanza 10.511**, con la finalidad de promover medidas de acción para **garantizar el pleno ejercicio y goce de los derechos de los niños**, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 34 de la Carta Orgánica Municipal.

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