
El presidente de la comisión, cardenal Giuseppe Petrocchi, dijo que existen dos posiciones de pensamiento teológico inconciliables.
El Departamento de Justicia demanda al gigante tecnológico por supuesto abuso de posición dominante en el mercado de motores de búsqueda en internet.
Mundo01 de octubre de 2023
El 12 de septiembre comenzó el juicio por la denuncia del Departamento de Justicia de Estados Unidos contra Google por abuso de posición dominante en el mercado de motores de búsqueda en internet. Hace ya 25 años que Google revolucionó la forma de acceder a la información digitalizada. Y ahora, la inmensa mayoría de los usuarios de internet en el mundo utiliza su buscador, con una valoración más que notable de la experiencia. El juicio deberá resolver si ese éxito comercial se ha conseguido sin trampas ni argucias frente a las empresas rivales, o si ha sido mediante prácticas ilegales que alteraban fraudulentamente la competencia a su favor. Pero también resolverá algo más: cómo serán el futuro de internet y del poder empresarial.
El caso Estados Unidos contra Google se equipara con otros dos en los que los jueces dictaron sentencia de desmembramiento de las empresas denunciadas por abuso de posición de dominio: la empresa de telefonía AT&T, a finales de los años setenta del pasado siglo, y la empresa Microsoft, a finales de los años ′90. La importancia para el futuro de internet de la resolución de la denuncia contra Google se relaciona con la posibilidad de que el juez dicte una sentencia similar. No obstante, caben recursos a instancias superiores que podrían revertir el veredicto. Así sucedió con el caso Microsoft, que finalmente pudo evitar su desmembramiento mediante un acuerdo extrajudicial con el Departamento de Justicia.
La segunda circunstancia que da una relevancia especial al juicio es que coincide en el tiempo con el periodo de consulta pública, y eventual aprobación final, de la nueva guía sobre fusiones y adquisiciones de empresariales que ha elaborado el Departamento de Justicia estadounidense con el propósito de disponer de un instrumento legal más potente en su defensa de la competencia. Su objetivo final es evitar las altas concentraciones de poder económico e influencia social que se están alcanzado en muchos mercados estadounidenses y del que las llamadas “big tech” (Google, Amazon, Apple, Meta, Microsoft) son ejemplos paradigmáticos. El resultado del juicio marcará el futuro de la guía (Merger Guidelines-23) y su efectividad para revertir la concentración de poder empresarial.
Los casos de AT&T, Microsoft y Google tienen como denominador común empresas con altas cuotas de mercado. En el caso de Google y Microsoft (al momento del juicio), alrededor del 90% del mercado estadounidense. Cifras como estas reducen claramente las posibilidades efectivas de elegir de los compradores y, por tanto, las posibilidades de que haya una competencia efectiva. El primer argumento de defensa de las empresas acusadas de posición de dominio es que la cuota de mercado depende de cómo se defina el mercado relevante (es decir, el contexto competitivo en el que funciona la empresa objeto de investigación), un concepto siempre discutible que se esgrimirá con fuerza en el juicio. La posición de dominio per se –una alta cuota de mercado– no es punible legalmente, siempre que se demuestre que se ha alcanzado como resultado de un proceso competitivo equitativo. Lo punible son las actuaciones que, favorecidas por la posición de dominio, la refuercen e impidan el crecimiento de otros competidores con propuestas innovadoras. Es decir, los abusos de poder.
En este sentido, el juez tendrá que dirimir si acepta:
Los argumentos de la acusación: Google paga a los fabricantes decenas de miles de millones de dólares para que instalen, por defecto, su motor de búsqueda en los dispositivos. Los argumentos de la empresa: Google tiene una posición dominante porque es la preferida de los clientes finales. Es decir, ofrece mejor relación calidad-servicio-precio que sus competidores, resultado de un compromiso con la innovación a la que dedica elevados presupuestos.
En los últimos años se ha popularizado la llamada responsabilidad social corporativa (RSC), que implica el reconocimiento del poder corporativo para influir sobre la vida cotidiana de las personas, más allá de cumplir con el objeto social corporativo. Ese es el mismo poder que el Departamento de Justicia, en defensa de la competencia, intenta rebajar al considerar que atenta contra las posibilidades efectivas de elegir de las personas (como compradores y como trabajadores). Los discursos sobre la RSC provienen de los gabinetes de comunicación de las compañías, lo que explica su tono amable con el poder empresarial y el uso benevolente del mismo. Los mensajes sobre abusos de posición de dominio y otras prácticas anticompetitivas provienen de agencias gubernamentales con la misión de defender la competencia en el mercado, y recelosas de la propia existencia de ese poder corporativo. En democracia, son las personas las que finalmente deciden sobre las cuestiones que atañen a su vida cotidiana. La verdadera democracia requiere de personas empoderadas y bien informadas. Las noticias y los debates alrededor de la competencia, y su defensa por parte de los poderes públicos, merecen la atención de los ciudadanos. Eso les ayudará a formarse un juicio más objetivo sobre el significado y alcance del poder empresarial en el siglo XXI que el que puedan formarse escuchando sólo lo que las empresas dicen sobre sí mismas.
Fuente: Vía País.

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