
Según el último informe que publicó Delphos Investment, el staff del Fondo y el equipo económico avanzarían en un esquema de bandas cambiarias.
El organismo recaudador habría estipulado un plazo en el calendario para el reintegro del pago a cuenta por consumos en moneda extranjera. La licuación y las complicaciones para quienes están alcanzados por el impuesto a las Ganancias.
Economía31 de mayo de 2024A pesar de que, en enero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó en su sistema la posibilidad de solicitar la devolución de las percepciones por dólar tarjeta en 2023 (desde diciembre del 30% de impuesto a las Ganancias), pasados cinco meses, una gran cantidad de contribuyentes alegan que no se les reintegró el dinero. En un contexto de alta inflación, lo que implica licuación: quienes hicieron operaciones alcanzadas (adquisición de moneda extranjera, compras afuera del país, adquisición de pasajes) en enero de 2023, y aún no se les devolvió, sufrieron una pérdida del poder de compra en el pago anticipado del 211,4% que se suma a la inflación del primer cuatrimestre del 65% (INDEC). Se supo por fuentes internas, la AFIP habría definido una fecha para realizar la devolución de los pagos a cuenta: el próximo mes de julio. Una información que no fue rechaza ni confirmada desde el entorno de la administradora federal, Florencia Misrahi.
Quienes tributaron el año pasado Ganancias se enfrentan a una traba adicional que impide la devolución: la falta de reglamentación de los decretos del exministro de Economía, Sergio Massa, que dejaron al vilo la forma en que se debe realizar la liquidación anual del impuesto. Una situación que se busca zanjar, para no generar deudas a los contribuyentes, mediante el capítulo fiscal por medio del artículo 84, pero que se enfrenta a las demoras en el tratamiento en el Congreso que obligaron a la AFIP a extender los plazos para completar el formulario 572 SIRADIG ya en tres oportunidades.
Este jueves la AFIP comunicó que prorrogó el plazo hasta el 30 de junio, con su correlato para la presentación de las liquidaciones por parte de los empleadores y devolver lo retenido en exceso, en caso de corresponder. "No está ratificado el decreto 473/2023, por lo que aún no se sabe cómo queda Ganancias, y cuánto hay que devolver o no. Eventualmente, en caso de que no se apruebe, y si se tiene que computar el impuesto según lo que establece la ley, se utilizaría el crédito de las percepciones", puntualizó el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti.
En el acumulado de enero-abril, la recaudación apenas fue de $ 8.663.813 millones, lo que supuso una caída en términos reales -ligada en gran parte al nivel de actividad-, que sería uno de los motivos de la demora en las devoluciones. "Están jugando con los ingresos muy justos, en medio de la meta del déficit fiscal 0", destacó Ghirardotti. Pero el retraso no es una situación nueva, sino que responde a las condiciones que estipuló la AFIP. "Se debería permitir a los empleados informar estas percepciones mensualmente, la decisión de licuarlas se genera ante la especificación de tenerlas que reportar cuando termina el año en el formulario 572", destacó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.
Fuente: El Cronista.
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