La UART asegura que en estos primeros 10 meses del año se registró un aumento del 7,6% por sobre un 2023 que ya había crecido 25%.
El Gobierno español le da la mejor noticia a quienes buscan emigrar
El Gobierno de Pedro Sánchez ultima detalles del decreto que modifica el reglamento de extranjería. Cómo impactará en quienes se encuentran en el país ibérico sin papeles.
Argentina24 de octubre de 2024El Gobierno español ultima detalles de una medida que le dará la mejor noticia a los argentinos que emigraron o buscan emigrar al país ibérico para vivir y trabajar allí.
Se trata de un decreto que llevará la firma del presidente Pedro Sánchez para modificar el reglamento de extranjería, lo que facilitará la residencia y el permiso de trabajo a miles de decenas de extranjeros de todo el mundo. La iniciativa apunta principalmente a regularizar la situación de aquellos que ya están en tierras españolas sin los papeles necesarios, buscando que puedan blanquear su situación y comenzar a aportar a la Seguridad Social.
Según datos oficiales, los trabajadores migrantes aportan el 10 % de los ingresos que cada año recauda la Seguridad Social española y solo suponen un 1 % del gasto. "Estos datos matan el relato", enfatizó la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, al defender la iniciativa semanas atrás.
La funcionaria, además, recordó que España fue también un país de emigrantes y aseguró que la política migratoria del Gobierno "está siendo puesta de ejemplo en otros países". "Hay que combatir mensajes que alientan la xenofobia y el racismo", añadió la ministra de Inclusión, que destacó que España es un país que genera riqueza y oportunidades. "Es lógico que seamos fuente de interés para personas que buscan futuro y hay sectores que necesitan mano de obra", agregó.
Cómo es el nuevo reglamento de extranjería de España y cómo puede beneficiar a los argentinos
El nuevo reglamento de extranjería que plantea el Gobierno español flexibilizará los requisitos para que más inmigrantes puedan regularizar su situación, con más facilidades en este sentido para las víctimas de explotación laboral y una nueva fórmula de arraigo denominado "de segunda oportunidad".
Uno de los cambios más relevantes que ha detallado la ministra Saiz es una mejora en el procedimiento para regularizar a los inmigrantes que han sufrido explotación laboral y mayor protección para que estas personas puedan cambiar de empleo en caso de este tipo de abusos o ante la imposibilidad de realizar el trabajo.
También en materia de trabajo, se facilitarán los procedimientos y se permitirá compatibilizar el trabajo por cuenta propia y ajena y se introducirán mejoras en la regulación de las actividades de temporada, favoreciendo las "contrataciones colectivas".
Nuevos arraigos sociolaboral y de segunda oportunidad
El nuevo reglamento crea el denominado "arraigo sociolaboral", por el que podrán regularizar su situación en España quienes lleven dos años en el país y presenten uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales. Para "favorecer la disminución del tiempo previo de irregularidad" se rebaja de tres a dos años la permanencia continuada en España exigida, y también se elimina el requisito de tener vínculos familiares en España.
Además, para ayudar a la entrada en el mercado laboral se reduce el número de horas exigidas de 30, en cómputo semanal, a 20. Una vez lograda esa integración laboral y conseguida experiencia, según ha explicado Migraciones, es más sencillo saltar a contratos con jornadas completas. Para evitar fraudes, se exige que se tenga que mantener al trabajador tres meses de alta en la Seguridad Social en un periodo de seis meses, para poder prorrogar un año más.
Para el arraigo social, en tanto, se seguirán exigiendo tres años de permanencia en España, contar con vínculos familiares y medios económicos suficientes. Y se crea además un nuevo "arraigo de segunda oportunidad", similar al actual arraigo laboral, que requiere dos años de estancia previa en España y un periodo mínimo de seis meses de actividad laboral por cuenta ajena.
Fuente: El Cronista.
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