
Por qué conviene jubilarse solo en marzo, junio, septiembre y diciembre

Los trabajadores que se encuentren en edad de pedir la jubilación tienen que tener en cuenta que solo deberán hacerlo en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, mientras que desde el Gobierno no se corrija un defecto de la ley de jubilaciones que, a decir verdad, viene de arrastre.
El problema es que la ANSES actualiza el promedio de las remuneraciones percibidas por el empleado en los últimos 10 años (que es la base para calcular la primera jubilación) solo en esos meses. Es decir, una persona que se jubila en febrero todavía tiene el último índice de actualización de diciembre. Pero si lo hace en marzo, ya logra captar las mejoras de enero y febrero.
Es de recordar que para calcular el primer haber jubilatorio la ANSES tiene que tomar el promedio de las remuneraciones mensuales de los últimos 10 años. Eso implica actualizar todos los importes anteriores para que tengan alguna equivalencia con la actualidad, habida cuenta la inflación. Por ejemplo, el salario promedio registrado en febrero de 2015 era de $12.410.
La actualización se hace mediante una fórmula que combina la recaudación de la ANSES y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). El jueves 6 de febrero el Ministerio de Capital Humano cumplió con el trámite de renovar el índice. Para marzo, abril y mayo será de 148.410,277. En cambio, el que estará vigente hasta el 28 de febrero será de 132.546,174, que es el mismo para enero y diciembre.
Fuente: Ámbito.


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