
Cómo pedir en ARCA la cuota bonificada para monotributistas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el nuevo organismo que reemplaza a la AFIP, anunció una bonificación del 100% de la cuota del Monotributo para un grupo específico de contribuyentes. Este beneficio, establecido en la Resolución 5546/2024, busca incentivar la formalización de contratos de alquiler y promover la transparencia fiscal en un contexto económico desafiante.
En paralelo a este anuncio, el organismo lanzó un nuevo monitor de facturación para monotributistas, que permite llevar la cuenta de los ingresos de cada monotributista hasta que sea el momento de hacer la recategorización correspondiente.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio de ARCA?
El programa está dirigido a monotributistas propietarios que decidan registrar formalmente sus alquileres dentro del Régimen Simplificado. Los beneficios incluyen:
- Bonificación total de la cuota fija del Monotributo.
- Exoneración del impuesto sobre transacciones bancarias para ingresos provenientes de alquilere registrados.
- Exención del Impuesto sobre Bienes Personales para las propiedades con contratos formalizados.
- Deducción del 10% anual en el Impuesto a las Ganancias.
Estas medidas buscan facilitar la registración de contratos de alquiler y fomentar la inclusión de más propiedades en el sistema formal.
Requisitos para acceder a la bonificación
Para obtener el beneficio del 100% de bonificación en el Monotributo, los monotributistas deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Registrar los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmueble (RELI) dentro de los primeros 15 días posteriores a la firma del contrato.
- Estar inscriptos en el Monotributo bajo la actividad de alquileres.
- No poseer más de tres propiedades.
- No superar los ingresos anuales de la categoría K, que en 2025 se actualizó a $68.000.000.
ARCA: nueva escala de categorías del Monotributo en 2025
ARCA estableció los nuevos límites de ingresos para cada categoría del Monotributo en 2025:
- Categoría A: hasta $6.450.000.
- Categoría B: hasta $9.450.000.
- Categoría C: hasta $13.250.000.
- Categoría D: hasta $16.450.000.
- Categoría E: hasta $19.350.000.
- Categoría F: hasta $24.250.000.
- Categoría G: hasta $29.000.000.
- Categoría H: hasta $44.000.000.
- Categoría I: hasta $49.250.000.
- Categoría J: hasta $56.400.000.
- Categoría K: hasta $68.000.000.
Fuente: BAE Negocios.


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