
ARCA ofrece una categoría de monotributo especial para pagar menos en la obra social

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ofrece a sus contribuyentes una categoría de monotributo dirigida a personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad. Se trata del Monotributo Social, un régimen que les permitirá formalizar su trabajo, emitir facturas, acceder a la cobertura de salud e ingresar al sistema jubilatorio. Este régimen tributario también está dirigido a algunos de los beneficiarios de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Sin embargo, deben pertenecer a la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo, jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo y programas de inclusión social del Ministerio de Capital Humano. El Monotributo Social está dirigido a personas que mantengan una situación socioeconómica vulnerable pero que realizan actividades económicas y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
- Trabajadores independientes de bajos ingresos.
- Emprendedores de la economía social.
- Beneficiarios de programas sociales.
- Pequeños productores.
A diferencia del régimen común, este está completamente subsidiado del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. El objetivo de la herramienta es formalizar la actividad económica, promoviendo su inclusión en el sistema tributario y de seguridad social de trabajadores independientes y microemprendedores de bajos ingresos.
Requisitos para acceder al Monotributo Social
Para poder inscribirse al Monotributo Social, los contribuyentes deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Tener más de 18 años.
- Realizar una única actividad económica.
- Contar con un ingreso bruto anual inferior a $7.813.063,45.
- Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
- Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
- No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
- No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
- Contar con ingresos que provengan sólo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales.
- Las cooperativas de trabajo (pueden ser antiguas empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores y trabajadoras), deben tener 6 asociados como mínimo.
Fuente: Ämbito.


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