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ARCA ofrece una categoría de monotributo especial para pagar menos en la obra social

Conocé este régimen dirigido a personas en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Economía06 de julio de 2025
monotributo
ARCA cuenta con el Monotributo Social, un régimen dirigido a contribuyentes en situación de vulnerabilidad.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ofrece a sus contribuyentes una categoría de monotributo dirigida a personas que se encuentran en estado de vulnerabilidad. Se trata del Monotributo Social, un régimen que les permitirá formalizar su trabajo, emitir facturas, acceder a la cobertura de salud e ingresar al sistema jubilatorio. Este régimen tributario también está dirigido a algunos de los beneficiarios de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES). Sin embargo, deben pertenecer a la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo, jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo y programas de inclusión social del Ministerio de Capital Humano. El Monotributo Social está dirigido a personas que mantengan una situación socioeconómica vulnerable pero que realizan actividades económicas y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

  • Trabajadores independientes de bajos ingresos.
  • Emprendedores de la economía social.
  • Beneficiarios de programas sociales.
  • Pequeños productores.

A diferencia del régimen común, este está completamente subsidiado del pago del componente impositivo y del previsional, y el 50% de la obra social. El objetivo de la herramienta es formalizar la actividad económica, promoviendo su inclusión en el sistema tributario y de seguridad social de trabajadores independientes y microemprendedores de bajos ingresos.

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Requisitos para acceder al Monotributo Social

Para poder inscribirse al Monotributo Social, los contribuyentes deberán cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener más de 18 años.
  • Realizar una única actividad económica.
  • Contar con un ingreso bruto anual inferior a $7.813.063,45.
  • Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
  • Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
  • No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
  • No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
  • Contar con ingresos que provengan sólo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales.
  • Las cooperativas de trabajo (pueden ser antiguas empresas recuperadas que hayan sido traspasadas a los trabajadores y trabajadoras), deben tener 6 asociados como mínimo.

Fuente: Ämbito.

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