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Qué cambia con la Emergencia Ígnea declarada por el Gobierno en 4 provincias

A través del DNU 73/2026, el Ejecutivo centralizó la coordinación de la respuesta frente a los incendios en Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa.

ArgentinaHace 2 horas
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En qué ayudará el DNU publicado por el Gobierno tras los incendios en el sur.

Frente al avance de los incendios forestales y rurales en la Patagonia y el centro del país, el Gobierno nacional dispuso la Emergencia Ígnea por el plazo de un año y declaró zona de desastre a los territorios afectados en Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 73/2026. La decisión busca ordenar y reforzar la respuesta estatal ante un escenario climático extremo, con focos activos, daños ambientales severos y fuerte impacto productivo. El decreto establece una conducción estratégica nacional, sin modificar la titularidad provincial de los territorios, pero sí la lógica de coordinación.

Una emergencia con mando nacional

El eje central del decreto es la centralización de la coordinación bajo la órbita de la Agencia Federal de Emergencias (AFE), organismo creado en 2025 y dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional. Desde ahora, la AFE será la responsable de articular recursos, definir estrategias y supervisar las acciones de prevención, combate y asistencia, en coordinación con provincias y municipios. Las tareas operativas se ejecutan dentro del marco del Sistema Federal de Manejo del Fuego, que incluye brigadistas, logística terrestre y medios aéreos, pero bajo una planificación nacional unificada.

Qué habilita la declaración de zona de desastre

Desde el punto de vista jurídico, la calificación de "zona de desastre" implica que los daños provocados por los incendios superan la capacidad ordinaria de respuesta local, lo que habilita una intervención nacional más intensa en los términos de la Ley 27.287 de Gestión Integral del Riesgo (SINAGIR). El decreto también contempla asistencia para la recomposición productiva posterior, aunque sin detallar mecanismos financieros concretos. 

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El respaldo legal del DNU

El Gobierno fundamentó la medida en tres pilares normativos:

  • Artículo 41 de la Constitución Nacional, que obliga al Estado a preservar el ambiente y los recursos naturales.
  • Ley 26.815 de Manejo del Fuego, que fija los presupuestos mínimos para la prevención y combate de incendios forestales y rurales.
  • Ley 27.287 (SINAGIR), que define los conceptos de emergencia y desastre y regula la arquitectura federal de respuesta ante eventos críticos.
  • El Ejecutivo argumentó que la gravedad del escenario impide seguir el trámite legislativo ordinario, lo que justifica el uso del DNU y activa el control posterior del Congreso, según la Ley 26.122.

Lo que el decreto no dice

Pese al reordenamiento institucional, el texto deja zonas grises que condicionan su impacto real:

  • No crea fondos ni partidas específicas para asistencia, reconstrucción o alivio fiscal.
  • No delimita con precisión cartográfica las áreas alcanzadas por la "zona de desastre".
  • No fija indicadores de evaluación sobre resultados operativos o recuperación ambiental.
  • Depende de reglamentación posterior para traducirse en acciones concretas.
  • Excluye a Santa Cruz, pese a que la provincia registra unas 700 hectáreas quemadas y formó parte del reclamo conjunto de los gobernadores patagónicos.

Federalismo bajo esquema de emergencia

El decreto no altera formalmente el sistema federal, pero sí impone una verticalización transitoria: la Nación define la estrategia y coordina, mientras las provincias ejecutan en el territorio. El modelo que surge es mixto: decisión política nacional, coordinación técnica centralizada y ejecución local. La efectividad del esquema dependerá menos del marco legal y más de la capacidad operativa, la asignación de recursos y la velocidad de respuesta en un contexto climático que, según los especialistas, seguirá siendo crítico.

Fuente: BAE Negocios.

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