
Qué alcance tiene la nueva extensión del DISPO en todo el país

El Gobierno oficializará en las próximas horas la extensión en todo el país del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) por la pandemia del coronavirus desde el 1º de febrero y hasta el 28 del mismo mes, y se priorizará el retorno de las clases presenciales en todas las provincias, informaron fuentes oficiales. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) se publicará este fin de semana y dispondrá el inicio de clases con presencialidad de docentes y alumnos, medida que se instrumentará de acuerdo a los parámetros del Consejo Federal de Educación.
El retorno a clases presenciales
En efecto, las medidas previstas en esta extensión del Distanciamiento Social apuntan a "priorizar el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales", añadieron las fuentes. En relación con el retorno a clases, serán las 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las que definirán los detalles de la efectiva reanudación del ciclo lectivo y, eventualmente, su suspensión de acuerdo con la evolución epidemiológica. Además, los docentes y personal no docente, alumnos y sus acompañantes quedarán exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros y deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.
Alcance del DISPO
Por otro lado, el DNU ratificará que ningún aglomerado urbano, ni departamento, ni partido de cualquiera de las provincias argentinas, se encuentra en la actualidad bajo Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). A través del decreto presidencial se dispondrá que habrá libre circulación por todo el territorio del país, aunque los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán reglamentarla estableciendo días, horas y zonas por razones epidemiológicas, señalaron las fuentes. En cuanto a las actividades esenciales, se mantendrán tal como estaban siendo realizadas hasta ahora, y se podrán desarrollar de acuerdo a los protocolos aprobados.
Así, podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, en tanto posean un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria de cada una de las jurisdicciones (según las recomendaciones de la autoridad sanitaria nacional). El máximo de uso de los espacios cerrados será al 50 por ciento de su capacidad, mientras que para los establecimientos gastronómicos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) será del 30%.
El DNU que se publicará en las próximas horas autorizará las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre pero con la condición de mantenerse a una distancia mínima de 2 metros con utilización de tapabocas y cumplimiento de los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias, tanto locales como nacionales. Sobre las personas en situación de riesgo, se mantendrá la suspensión del deber de asistencia a sus trabajos, conforme lo dispuesto en la reglamentación vigente.
En cuanto a las actividades deportivas y artísticas, sólo podrán realizarse con cumplimiento de las pautas de higiene y cuidado, con respeto de los protocolos de cada una de ellas, mientras que en lugares cerrados la concurrencia no podrá ser superior a 10 personas. Seguirán prohibidos los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de 20 personas en espacios cerrados y en espacios privados al aire libre.
Fuente: Télam.


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