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¿Casa o Departamento? La Ley de Alquileres vuelve al centro de la escena

El proyecto ya esta aprobado por el Senado, sin modificaciones, y es ley. ¿Cuáles son los cambios que propone?

En Debate 11 de junio de 2020 Max Bustos
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Llegó el "día D", y como habíamos anticipado en nuestra sección el año pasado, la nueva Ley de Alquileres se aprobo sin modificaciones.

asia-4056940_960_720Una cuestión de alquileres

¿Qué indica la nueva ley?

El proyecto establece además que la actualización del valor del alquiler será anual y ya no semestral, el aumento anual deberá hacerse sobre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios conocido como RIPTE. Por otra parte, la iniciativa indica que hay que declarar ante AFIP los contratos de locación, para evitar los alquileres en negro, punto central de la polémica ya que el 90% del mercado nacional tiene, de una u otra manera, este tipo de contratos. La misma AFIP definirá la forma de esta declaración, para intimar a los propietarios a blanquear ingresos.

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El proyecto esencialmente amplía las garantías que podrá presentar el inquilino, contempla tanto las  propietarias, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza y el clásico recibo de sueldo. También regula las expensas extraordinarias, poniéndolas a cargo del propietario. Además reduce el depósito de garantía a un monto exacto a un mes de alquiler, ya no se deberá pagar más que eso por el famoso "adelanto".

En Resumen

  • Se modifica el Código Civil y Comercial de la Nación en cuanto a los contratos de locación.
  • Se extiende de dos a tres años los contratos de alquiler.
  • Se establece que el pago de expensas extraordinarias son responsabilidad del propietario.
  • Se reduce a un mes de alquiler el monto del depósito.
  • La iniciativa establece que los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado en partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (Ripte).
  • Se contemplan distintas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, más allá de la garantía inmobiliaria.
  • Se determina que el contrato deberá ser declarado ante la AFIP.

Desde Twitter, la agrupación Inquilinos Organizados festejó la decisión del Senado y lanzó una serie de hilos explicativos. 

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