Entrará en vigencia el 1 de abril, pero podrá no regir desde ese día para los asalariados que hubiesen arrancado a desempeñarse a distancia durante la pandemia y mientras continúen las restricciones a la circulación.
Después de un largo tiempo en Stand By, la famosa Ley que regulará muchos de los aspectos del Trabajo a distancia (en relación de dependencia, estrictamente) fue finalmente reglamentada... En una forma relativamente "Parcial". ¿Exceso de rigidez o victoria del lobby empresarial?
La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
El beneficio incluirá a quienes realizan teletrabajo en el sector privado. También tendrán derecho a pautar horarios laborales que se adapten a las tareas del cuidado.
Con el impulso de la Pandemia, la Ley del TeleTrabajo obtuvo media sanción en Diputados, y trae 19 interesantes artículos para analizar, que dotarán de un Marco Regulatorio a la tan discutida modalidad. Entre el Lobby y el Derecho, una buena parte del futuro de los trabajadores se debate en el Congreso Nacional.
Mientras el mundo sufre el vapuleo del COVID-19, las industrias generan nuevos nichos aprovechando los efectos de la crisis económica que el virus trajo aparejada. Entre ellos, se reabre la discusión del Teletrabajo como una respuesta.
Tras una semana completa de paro, los gremios universitarios anunciaron nuevas medidas de fuerza que volverán a afectar el normal dictado de clases en las universidades públicas.
El trámite es personal, tiene carácter de declaración jurada y se realiza únicamente online. Podrán acceder quienes tengan ingresos familiares de hasta $4.193.016.