
Entre la deuda y el déficit

Con un amplio articulado que ya comentamos oportunamente...
... el proyecto autoriza al Poder Ejecutivo a “efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los servicios de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital de los títulos públicos emitidos bajo ley extranjera”, buscando ese plus de confianza en los acreedores, sumado a que el mismo ejecutivo tendría así la potestad de determinar los montos nominales. Además, como ya lo habíamos señalado, habilita al Ministerio de Economía a establecer la famosa "prórroga de jurisdicción" a favor de tribunales extranjeros, un punto muy polémico entre los opositores a la ley. ya que dispone la renuncia "a oponer la defensa de inmunidad soberana", lo que se activa exclusivamente respecto a reclamos en la jurisdicción que se prorrogue, y además con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen, reza el proyecto.

Se mantuvo del borrador original la letra chica, en la cual esta cesión, según lo votado, no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la Argentina con relación a la ejecución de algunos bienes en específico, como los del Banco Central, cualquier bien perteneciente al dominio público localizado en el país, o cualquier bien localizado dentro o fuera del territorio que preste un servicio público esencial, entre varios elementos más.
Otro de los poderes cedidos al Ministerio de Economía tiene que ver con los títulos públicos, ya que desde ahora la institución de aplicación (como designa el proyecto al Ministerio) también tendrá la potestad para emitir nuevos títulos públicos que modifiquen el perfil de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital, pudiendo decidir sobre plazos, métodos y procedimientos para la emisión de esos nuevos nuevos títulos, y hasta designar instituciones o asesores financieros para que colaboren al cumplimiento la tarea. Otro punto polémico, porque si bien se establece cual sera la forma de pago a estos asesores (a comisión) la designación podría ser discrecional. El último punto destacable indica que todas las operaciones que se realicen quedarán exentas de todos los impuestos, hasta incluso el mismísimo IVA, tasas y contribuciones nacionales que existan ya o se creen en el futuro.
Un cuestión FISCAL
Otra noticia importante fue el rompimiento del Pacto Fiscal, firmado durante el mandato de Mauricio Macri, con los gobernadores de todas las provincias (salvo San Luis). El mismo, que unió los proyectos de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno en una sola medida, forzaba a bajar hasta un 1,5 por ciento del PBI impuestos como Ingresos Brutos y Sellos y a su vez permitía que Ganancias dejara de financiar a Buenos Aires y al FGS del ANSES. Como contrapartida, las provincias firmantes suspendían las demandas judiciales contra Nación.
Lo que sucederá con la finalización del Pacto, votada por amplia mayoría, implica que se suspenden esas restricciones sobre Ingresos Brutos, Sellos, Bienes Personales y Ganancias. La medida no implica una obligación de aumento de estos impuestos, pero le da vía libre a las provincias para hacerlo de manera completamente autónoma. A su vez, el estado nacional se resguarda con un año de gracia para evitar procesos judiciales de las provincias que aún así los hayan iniciado, y les prohíbe expresamente a las demás iniciar dichos trámites.



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