
Media sancíon a las jubilaciones de privilegio

Las llamadas "jubilaciones de privilegio" siempre fueron un tema de debate en la mesa política argentina, conjuntamente con el pago de ganancias y otros ítems. Y vaya que lo es si hablamos del estado histórico de las jubilaciones mínimas, sobre todo para personas que aportaron durante muchos años al sistema de reparto, y otros que no contaron con aportes laborales debido al alto impacto del trabajo informal en nuestro país. En medio, la políticas de distintos gobiernos traen discusiones más que nada ideológicas.
Así el tema se estableció en la agenda hace algunos meses atrás, conjuntamente con el inicio de las sesiones extraordinarias, y una serie de medidas de origen fiscal que el gobierno ha implementado que buscan morigerar las cargas y afrontar el ahorro en distintas áreas. El transfondo político va mucho más allá de las discusiones de fondo en materia previsional: como ya hemos vistos previamente (y con un tinte de críticas mucho mayor ya que el aumento a las jubilaciones mínimas fue de tan sólo el 13%) las medidas tienen que ver con la capacidad de las arcas del estado para afrontar el funcionamiento de la economía diaria, teniendo dos frentes de deuda externa más que comprometidos. Por un lado hablamos de los bonistas privados, de los cuáles Guzmán debe convencer al 75% de aceptar las nuevas forma de pago que el ejecutivo imponga, y por el otro, el FMI, al cual se le discute una quita de capital y la prórroga de los plazos de por los menos 3 años. Todo el miras de no llegar al tan temido Default.
¿En que consiste este nuevo proyecto?
Tiene 18 artículos y busca modificar el régimen previsional especial de los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación. También incluye al Ministerio Público de la Nación, la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y el Régimen Especial para funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.
Pese a las discusiones Juntos por el Cambio se retiro del recinto, criticando el actuar de Daniel Scioli, designado como embajador, pero que aun ocupa su banca al no haber sido publicado y oficializado su cargo. Además de eso, el oficialismo no aceptó la cláusula transitoria para que los magistrados que sigan trabajando pueda jubilarse con el régimen actual, y no entrar en esta modificación. Los funcionarios y/o magistrados comprendidos en el Anexo I de la Ley 24.018 que a la fecha de entrada en vigencia de las modificaciones introducidas en la presente ley tuvieren otorgado el beneficio o reunidos la totalidad de los requisitos establecidos en el régimen de esa norma, mantendrán el derecho a los beneficios que la misma otorga, el cual podrá ejercerse en cualquier momento, decía la cláusula, de la cual dice la oposición, devendría en una renuncia masiva de funcionarios judiciales, pero no en sitios estratégicos para el gobierno (lo cual echaría por tierra esta versión).
Por otro lado, la fórmula de la jubilación -que toma en cuenta los últimos 120 meses para el haber inicial, promediará esos cargos a valor actualizado de salarios activos (con los cual la inflación no mermara el poder adquisitivo del pasivo) no se elevará la edad jubilatoria para mujeres hasta los 65 años (sólo para hombres y de manera progresiva) y además no se exigirían los 20 años de carrera judicial, si no 10 años ininterrumpidos o 15 años de aportes con interrupción. Este último punto fue clave para destrabar varios conflictos.
El sistema previsional ya no tolera más regímenes tan diferenciados porque vamos a tener problemas de financiación, había explicado el ministro Moroni, que también aclarado que no se busca eliminar el sistema de protección de jueces, ya que cumplen un rol especial, si no simplemente achicar la brecha con el resto de la masa de pasivos.
"El sistema previsional ya no tolera más regímenes tan diferenciados porque vamos a tener problemas de financiación"
Otros aspectos controvertidos del proyecto dentro del mundo judicial tienen que ver con antigüedad y permanencia, que no son nombrados, una "perdida del estado judicial" una vez jubilado el magistrado (lo cual abre la puerta de una nueva convocatoria post-jubilación) y la a inclusión o no de los prosecretarios de cámara y prosecretarios administrativos que son hoy considerados jerárquicos.


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