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Se firmó el primer contrato de alquiler en Bitcoin

Permite realizar transferencias a cualquier hora del día con acreditación inmediata.

Argentina12 de enero de 2024
bitcoin
El contrato fue pactado por un valor mensual equivalente a USD100.

Luego de que el presidente Javier Milei derogara la Ley de Alquileres a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía, se realizó el primer contrato de alquiler pactado en Bitcoin, la popular criptomoneda. "Para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea", Milei modificó mediante el mega DNU la norma vigente. Entre los cambios, añadió la posibilidad de que se acuerde entre las partes la moneda en la que se llevará a cabo el contrato. En Rosario, las partes que firmaron el contrato establecieron un valor de USD100 en Bitcoin para un alquiler mensual. A su vez, contemplaron la posibilidad de utilizar otras criptomonedas como Tether USD o USDT.

La operación se realizó a través de la empresa Fiwind, la cual opera a nivel nacional y permite transferencias diarias a cualquier hora con acreditación inmediata. De esta forma, el inquilino transferirá todos los meses al propietario la cantidad pactada en Bitcoin.  Si bien la ministra de Relaciones Exteriores, Diana Mondino, anunció en su cuenta de X (antes Twitter) que "en Argentina se podrán pactar contratos en Bitcoin", esta es la primera vez que efectivamente se establece un contrato con esta moneda.

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Qué significa la derogación de la Ley de Alquileres

Según Inquilinos Agrupados, la derogación de la ley de alquileres implicará lo siguiente:

  • Plazo: se retorna a los 2 años de contrato.
  • Dolarización: se puede acordar en cualquier moneda.
  • Ajustes: se podrá actualizar el precio bajo cualquier índice (inflación, dólar, nafta, etc.)
  • Garantía: se puede pedir cualquiera y se universaliza el seguro de caución.
  • Depósito: serán dos meses de depósito. Podrá ser en dólares. Podrán devolverlo a los 60 días de finalizar el contrato.
  • Arreglos de la casa: será obligación de los inquilinos.
  • Expensas: inquilinos deberán pagar ordinarias y extraordinarias.
  • Domicilio electrónico: ya no habrá posibilidad de establecer un mail de contacto entre inquilinos y propietarios.

Aquellas personas que tengan un contrato vigente, las condiciones pautadas se tienen que respetar hasta que finalice el mismo. Es decir, los cambios que introdujo Milei por DNU no afectarán a los contratos en curso. 

Fuente: BAE Negocios.

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